La empresa de servicios de calidad de vida Sodexo recuerda cinco beneficios e incentivos de empresa que los contribuyentes pueden deducirse en la declaración de la Renta 2018, entre los que se encuentran comida, guardería, transporte, formación y seguro de salud.

La compañía señala que muchos contribuyentes pueden deducirse numerosos beneficios e incentivos que su empresa pone a su disposición a través de la retribución a la carta o retribución flexible. A pesar de que muchas empresas ofrecen esta modalidad retributiva, los empleados, por falta de información, no contratan los servicios que están incluidos dentro de esta, perdiéndose una serie de exenciones fiscales que aumentarían su salario neto disponible.

Entre los servicios que gozan de estas exenciones fiscales se encuentran algunos de uso habitual como la comida, la guardería, los gastos de transporte, la formación o el seguro de salud. En concreto, sobre comidas y en el caso del servicio Restaurante Pass, el importe exento de IRPF se incrementó de 9 euros a 11 euros por día laborable en 2018, lo que supone un ahorro anual para el empleado de 600 euros.

Asimismo, los gastos de guardería de hijos de hasta tres años están exentos sin límite establecido y siendo compatibles con la nueva deducción de 1.000 euros. Según Sodexo, invertir en cheques Guardería Pass, se traduce en el ahorro de hasta 3 meses al año en el pago de la guardería. De su lado, la exención de la tarjeta Transporte Pass, destinada a cubrir el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, asciende a 1.500 euros anuales para cada empleado, permitiendo al empleado aumentar su salario neto al ahorrar hasta 3 meses al año en transporte.

Respecto a formación, las cantidades destinadas a la actualización y capacitación de los empleados, siempre que sea exigido por su actividad profesional no tendrán consideración de rendimientos de trabajo en especie y no tendrán límites. Por último, sobre los seguros de salud apunta que las cuotas cubiertas en entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad de los trabajadores estarán exentas hasta 500 euros anuales (1.500 euros en el caso de discapacidad).

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